Participación Ciudadana trabaja en la conformación del Comité Municipal de Libertad Religiosa

Foto Alcaldía de Cali

La Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana, tiene  a cargo la secretaría técnica del Comité Municipal de Libertad Religiosa, creado mediante Acuerdo 0447  de 2018, el cual debe conformar y poner en funcionamiento para las  siguientes funciones:

  • Realizar seguimiento y evaluación de las políticas, planes y programas en materia de libertad religiosa, de cultos y conciencia en el Municipio de Santiago de Cali.
  • Facilitar el diálogo interreligioso para Ia defensa de Ia libertad religiosa.
  • Promover Ia proyección social y Ia incidencia en las políticas públicas de las iglesias como actores sociales y promotores de Ia paz y a democracia en el  Municipio.
  • Promover el papel activo que deben tener todas las organizaciones religiosas en Ia construcción de Ia paz del país y su participación en Ia consolidación de las políticas sociales dentro de un proceso de postconflicto.
  • Analizar la situación actual del fenómeno de discriminación religiosa en Colombia, como uno de los países en América Latina con mayores índices de este flagelo visibilizado.
  • Analizar los elementos que deben ser garantizados desde a política pública de Libertad religiosa para que se garantice un real cumplimiento de este derecho fundamental, de acuerdo con lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo.
  • Ser el interlocutor ante Ia alcaldía y las autoridades públicas presentes en el Municipio, para articular acciones preventivas y correctivas contra amenazas potenciales a daños reales que sufran los creyentes de las diversas congregaciones en el disfrute de su derecho a libertad religiosa.
  • Velar para que las instituciones educativas tanto públicas como privadas tomen medidas preventivas y correctivas en contra del «bullying o matoneo» bajo los parámetros establecidos en la Ley 1620 del 2013 y en el marco de la libertad de expresión, de religión, culto y conciencia.
  • Socializar Ia celebración del día Nacional de Ia libertad religiosa, de culto y de conciencia, según lo establecido por el gobierno nacional.
  • Las demás funciones relacionadas con la naturaleza de este Comité y que permitan el cumplimiento de su objetivo.

El artículo segundo del Acuerdo 0447  de 2018 establece que se integra de la siguiente manera:

  • El Alcalde Municipal o su delegado.
  • El Secretario de Seguridad y Justicia.
  • El Secretario de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana.
  • El Secretario de Educación.
  • El Personero Municipal.
  • Un (1) representante de cada federación y confederación religiosa que estén legalmente reconocidas como personas jurídicas por el Estado en los términos de la ley 133 de 1994 o la norma que la sustituya o modifique, quienes actuaran en nombre de las Iglesias con presencia en el municipio que hagan parte de estas organizaciones.
  • Un (1) representante por cada Entidad Religiosa legalmente reconocida como persona jurídica por el Estado en los términos de la ley 133 de 1994 o la norma que la sustituya o modifique, que tengan presencia en el municipio y que no hagan parte de federaciones y confederaciones.
  • Dos (2) representantes del sector educativo y/o docentes de instituciones con facultad o programas de teología.

La Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana es quien se encarga de convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando lo ameriten, elaborar las actas y citaciones del Comité de Libertad Religiosa, de Culto y de Conciencia.

Fuente: Jhoiner Navarro / Alcaldía de Cali

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.